Hacienda crea una casilla en la renta para las operaciones con criptomonedas
- Escrito por La redacción
- Publicado en Capital
El modelo para la declaración del IRPF de 2022 incluirá una casilla específica para consignar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales, un cambio que pretende facilitar la cumplimentación de estos apartados.
Esta modificación, incluida en el modelo de declaración del IRPF de 2022 publicado este viernes en el BOE, no supone un cambio en la forma en que se declaran las criptomonedas, sino que se trata de un simple desglose de las ganancias y pérdidas patrimoniales en tres apartados: inmobiliario, monedas virtuales y otros.
El modelo de declaración para la campaña de la renta que arranca el próximo 11 de abril también incluye otras novedades, como una casilla para declarar la ayuda de 200 euros para afrontar los efectos de la guerra o el bono cultural joven.
También habrá nuevas casillas para que las mujeres que dejaron de disfrutar de su deducción de maternidad por perder su empleo a partir de 2020 por ERTE, inactividad de contratos fijos-discontinuos o cese de actividad de autónomas puedan cobrar las cantidades pendientes de 2020 y 2021.
Asimismo, el modelo recoge cambios normativos aprobados en los últimos meses, como un aumento de la reducción sobre el rendimiento neto de módulos (que pasa del 5 % al 15 %), una minoración del rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas (del 35 % del precio de compra de gasóleo agrícola y 15 % de fertilizantes) o una reducción del rendimiento de módulos del 20 % para quienes desarrollen su actividad en la isla de La Palma.
También la modificación de los límites de aportaciones deducibles a planes de pensiones -que pasa de 2.000 a 1.500 euros para los planes individuales y de 8.000 a 8.500 euros para los de empresa-, la extensión de la deducción por actuaciones de eficiencia energética o una deducción para los habitantes de La Palma.
En otra orden ministerial también publicada este viernes, Hacienda eleva de 30.000 a 50.000 euros el umbral que exime de la obligación de aportar garantías cuando se solicita un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias.
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