En 1775, Madrid contaba con cinco gremios mayores, formados por ricos y poderosos comerciantes, y más de cuarenta gremios menores, cuya difícil situación económica había provocado que el rey Carlos III decidiera, por Real Decreto, eximirles del pago de los grandes impuestos. Todos se regían por sus propias normas internas, llamadas ordenanzas, en las cuales no se reconocía a la mujer la posibilidad de obtener el grado de maestro y, con ello, la apertura de una tienda, a menos que fuera viuda. En este último caso, los maestros permitían que una mujer pudiera quedar al frente de un obrador, pero tan sólo en el plazo de un año. Así, en ningún gremio el número de mujeres, legalmente registradas, superaba al de hombres en la dirección de los talleres. No obstante, algunas corporaciones decidieron no limitar claramente el tiempo de viudez. Tal fue el caso de comerciantes menores de mercería, joyería y droguería -llamados tenderos de aceite y vinagre -, los tratantes de ropas usadas, los bodegueros, los confiteros y los menuderos. No resulta extraño que las cifras de mujeres legalmente registradas en estos oficios fueran las mayores de todas las corporaciones.