El Fiscal de Violencia de Género: “La alarma por revisar las condenas es coyuntural”
- Escrito por La redacción
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La alarma social generada por las revisiones de condenas derivadas de la conocida como "ley del sólo sí es sí" representa una situación "coyuntural" por una norma de la que se conoce "una parte muy pequeña", no lo más relevante, que es "acertada" y que sitúa en el centro el consentimiento, como en regulaciones anteriores y futuras.
El nuevo fiscal delegado de Violencia sobre la Mujer en Valladolid, Manuel Javato, en una entrevista concedida a la Agencia EFE, ha evaluado algunas de las características de esta norma, de la recién aprobada "Ley Trans", de los factores de riesgo en los casos de maltrato y de las herramientas para la lucha contra la violencia machista.
Javato, natural de Salamanca, desempeñó su función como primer destino en Pontevedra, antes de ejercer en Zamora, Palencia y Valladolid, donde ha asumido el cargo de fiscal delegado de Violencia sobre la Mujer tras su reciente nombramiento.
Sobre la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual -del sí es sí-, el representante del Ministerio público ha reconocido que se ha suscitado "cierta alarma social" ante una norma sobre la que ha trascendido una parte "muy pequeña", la vinculada con el ámbito penal.
Se trata de una norma "muy amplia", enfocada básicamente a la regulación a nivel administrativo, de ayudas, regulación de extranjería y Seguridad Social.
Ha aclarado que esta ley, en la parte penal, ha unificado los abusos y las agresiones, "acertadamente". La ha unificado en la tipología de agresiones porque, hasta en un sentido coloquial y también sobre otros delitos se habla de haber sufrido una agresión, que es lo que ocurre con una conducta contra la intimidad sexual.
LOS MANTRAS DEL CONSENTIMIENTO
Las revisiones son llamativas pero, una vez que terminen, y en función de la nueva reforma que al parecer tiende a mantener la estructura actual, con la única salvedad de que va a volver al sistema de penas, se va a regresar otra vez a los mínimos anteriores.
Una vez que esté en rodaje, la nueva reforma si se hace no va ha suponer un problema; se trata de una cuestión "coyuntural", ha resumido.
Sobre "todos estos mantras que se dicen del consentimiento", ha aclarado que "siempre ha estado en el centro", en la regulación anterior, en la actual y en las futuras, como no puede ser de otra manera, ya que en una relación sexual si hay consentimiento no es delito y si no lo hay sí lo es.
NO HAY PERFIL DEL MALTRATADOR, SÍ FACTORES DE RIESGO
En cuanto al perfil de un maltratador, ha sostenido que "no existe"; se ha debatido sobre ello durante muchos años para averiguarlo y sobre todo poder detectarlo, aunque ha matizado que lo que sí hay son factores de riesgo.
No se trata de que influyan cuestiones como la edad o el estatus, pero sí concurren factores en cualquier persona que elevan exponencialmente el riesgo, como ocurre en el caso del consumo del alcohol.
Ha argumentado que en el 95 por ciento de los supuestos, en los atestados, figura la ingesta de alcohol, con afirmaciones como "es una buenísima persona pero cuando bebe ya..."
LAS REDES SOCIALES, UNA MOCHILA EN LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Javato ha llamado además la atención acerca de un aumento considerable de la violencia de género en las redes sociales, no la clásica, la violencia física, que se mantiene y que hace unos años era la única existente.
Ahora, la violencia en redes sociales se presenta como un componente añadido, como una "mochila" del asunto principal, una situación que, en su opinión, exigirá que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tengan que tomar medidas en este sentido, de carácter informático.
Estos hechos cometidos a través de las redes sociales se suelen seguir por los mismos tipos especificados para los casos de violencia que no tienen esa peculiaridad, aproximadamente en el ochenta por ciento, aunque también hay regulación específica para ellos como ocurre en el delito de stalking o acoso de seguimiento.
CON LA LEY TRANS SE JUZGA CON EL SEXO DE AGRESOR Y VÍCTIMA "EN EL MOMENTO DE LOS HECHOS"
Acerca de posibles dudas para la aplicación de la recién aprobada Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como Ley Trans, ha subrayado que existe "mucha intoxicación" en las redes sociales y otros medios en cuanto a que se puede favorecer la impunidad en casos como los de un hombre que pega a una mujer y se cambia de sexo, ha puesto como ejemplo.
"Ya la Ley establece que se juzgará lo ocurrido en función del sexo de agresor y víctima en el momento de los hechos", ha especificado el fiscal, quien ha precisado que en ese aspecto no se producirá fraude porque la norma ya zanja esa cuestión.
Ha rechazado además los pronósticos de que se iba a producir una avalancha para solicitar el cambio de sexo en los registros, una situación que no se está dando en España.
El cambio registral no es nuevo, la novedad radica en que se agilizan y facilitan los trámites, ha concretado, a la vez que ha explicado que la nueva Ley no supone una modificación sólo con ir una vez al registro ya que, después de una primera comparecencia de solicitud, hay una serie de plazos para la reflexión hasta que el encargado del registro determina la modificación.
LA NO DENUNCIA DE LAS VÍCTIMAS, EL GRAN HÁNDICAP
Entre los problemas para la lucha contra la violencia de género, se encuentra el rechazo de las víctimas a denunciar, lo que ocurre en un elevado número de casos y supone el gran "hándicap" de quienes se dedican a esta materia.
Javato ha subrayado la importancia de la prueba y, en los delitos contra la intimidad no hay testigos, toda la prueba se centra en la declaración de la víctima a diferencia de otros casos, como el robo, en los que las personas perjudicadas mantienen lo dicho en su denuncia.
SÍNDROME DE LA MUJER MALTRATADA
En los supuestos de violencia de genero, hay denuncias "en caliente", cuando acaban de ocurrir los hechos, que a los pocos días desembocan en echarse atrás por situaciones como las de una mujer casada durante veinte años, con hijos, lazos afectivos y dependencia económica, entre otros aspectos, un "ovillo" de vínculos.
Ha recordado que a lo largo de los años se han buscado posibles soluciones para esta situación y ha apuntado a que puede contribuir a que la víctima se mantenga en su declaración un mayor soporte de apoyo vital.
Las circunstancias en las que viven la violencia de género las víctimas puede abarcar el síndrome de la mujer maltratada, específico de este tipo de delincuencia, en el que minimiza los hechos, cree que es ella la causante y tiene que haber una tercera persona que la advierta de lo que está ocurriendo.
LAS PULSERAS NO SON LA PANACEA
Jabato, que ha publicado entre otros muchos trabajos los titulados "Análisis jurídico de la legítima defensa" y "Maltrato y abandono de personas mayores", se ha mostrado partidario de aplicar la rigurosidad en la concesión de las órdenes de protección.
"Hay que dar las órdenes de protección cuando se cumplen los presupuestos" exigidos, los indicios claros de delito, ya que, si no, acaban perdiendo valor.
Respecto a las pulseras para los maltratadores, no son "la panacea", ha defendido Javato, quien ha relatado casos de continuos avisos por alarmas infundadas, por ejemplo un mal cálculo de las distancias, que repercuten en la persona afectada.
Las pulseras están desaconsejadas cuando la víctima no las quiere, ha informado. En casos de personas con verdadera peligrosidad, con informes o quebranto de órdenes de protección, lo que mejor funciona es la prisión preventiva, ha sintetizado.