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El Mar Menor y los derechos de la Naturaleza


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El lunes 3 de octubre de este año el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca. Esta ley es resultado de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) tal como establece la Constitución en el artículo 87 apartado 3: “Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de las proposiciones de Ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de la ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia”. Este artículo viene a recoger lo que se plantea en el artículo 9 apartado 2 en el que se señala que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

A la Declaración de los Derechos Humanos, aprobados en 1948 por las Naciones Unidas, en el siglo XXI le corresponde a la naturaleza tener derechos, como una forma más de luchar contra el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, y la contaminación del aire y del agua. Es lo que se ha conseguido en el Mar Menor

La ILP es uno de los instrumentos para posibilitar la participación de los ciudadanos en la vida política. Sin embargo, desde que se aprobó la Constitución y la Ley Orgánica de 1984 solamente se han aprobado dos con anterioridad a la que nos estamos refiriendo. Una de ellas fue la de regular la tauromaquia como patrimonio cultural y la otra referida a las deudas comunitarias que fue subsumida en otra ley. Este escaso éxito de la participación popular por esta vía se debe a los obstáculos que existen. Uno de ellos el número de firmas; otro, el tiempo que se concede para conseguirla nueve meses. Ha habido muchas iniciativas, pero todas ellas, excepto dos, no lo lograron porque chocaron con estos dos obstáculos, y otras porque no se atenían a las condiciones que establece la ley en el artículo 87 mencionado.

En este caso, se consiguieron más de 600.000 firmas que expresan el éxito obtenido por la gran movilización ciudadana que se produjo para salvar al Mar Menor. Este logro se ha conseguido con medios muy escasos, pues no fue promovida por ninguna organización, partidos, sindicatos, ONG y otros, sino que se lanzó desde la Cátedra de Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza de la Universidad de Murcia, dirigida por Teresa Vicente, profesora titular de Filosofía del Derecho. Fue apoyada desde un principio por el Ayuntamiento de Los Alcázares, pueblo situado en la ribera del Mar Menor. En el Congreso y en el Senado fue aprobada con mayoría absoluta, con el voto de todos los grupos parlamentarios excepto Vox. Hay que destacar, además de la movilización que supuso y su aprobación por el Parlamento, un hecho de vital importancia como es lo que la ley supone, la concesión de derechos a la Naturaleza, que no sólo es la primera en España, sino también de Europa.

No obstante, según las Naciones Unidas, desde 2009 y hasta la fecha unos cuarenta países han reconocido los derechos de la Naturaleza. Se trata, en muchos casos, de países menos desarrollados en los que los ciudadanos han tenido que luchar para defender ríos, bosques, lagos, lagunas etc., de la voracidad de los intereses económicos. A la Declaración de los Derechos Humanos, aprobados en 1948 por las Naciones Unidas, en el siglo XXI le corresponde a la naturaleza tener derechos, como una forma más de luchar contra el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, y la contaminación del aire y del agua.

El deterioro ecológico que está sufriendo el planeta hay que combatirlo a escala global y con un cambio en el modelo de producción, distribución y consumo, pero también son necesarias actuaciones a escala micro como lo que representa esta ley. Sin duda es un camino más a seguir en Europa y en nuestro país como un medio para la conservación del medio ambiente. El Mar Menor se convierte en sujeto de derecho para cumplir un objetivo social sin ánimo de lucro. Una ley, en definitiva, innovadora, a la que esperemos que le sigan otras más.

 

Catedrático emérito Universidad Complutense.