Resultados deficientes, en la enseñanza-aprendizaje del castellano en Cataluña, con la inmersión
Por imperativo del artículo 3.1. de la Constitución, todos los españoles (y los catalanes, vascos, valencianos,… lo son) tenemos el deber de conocer y el derecho a usar, en todo tiempo y lugar, la lengua oficial del Estado, el castellano. Ahora bien, para poder conocerlo y poder usarlo, es absolutamente necesario que sea estudiado y adquirido por todos los niños, adolescentes y jóvenes durante la edad escolar o formativa. Y, por su lado —es otra deducción lógica— las autoridades educativas, tanto estatales como autonómicas, deben prever y proveer todos los medios humanos, materiales y temporales para poder conseguirlo. Así de claras quedan las cosas, explícita o implícitamente, en la Carta Magna.
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