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Javier García Fernández

Subsecretario de Cultura y Deporte, Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar en el Ministerio de Defensa, Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Secretario General Técnico de los Ministerios de Vivienda, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Delegado de España en la primera reunión Intergubernamental de expertos sobre el anteproyecto de convención para la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, organizada por la UNESCO, en los años 2002 y 2003.

Fue fundador y director del anuario Patrimonio Cultural y Derecho desde 1997. Hasta la fecha ha sido también vicepresidente de Hispania Nostra, Asociación para la defensa y promoción del Patrimonio Histórico.

El peligro de marginar a los partidos

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Si los partidos políticos nacieron en el Reino Unido en el siglo XVIII no fue una casualidad ni un designio de la providencia. Aunque se dice usualmente que los partidos ingleses (tories y whigs) nacieron en el siglo XVII tras la revolución de 1648, lo cierto es que éstos sólo eran grupos político-ideológicos que defendían, respectivamente, la preeminencia del Rey y del Parlamento, sin intentar encuadrar a los ciudadanos ni, menos aún, participar de forma permanente en las elecciones. Sólo cuando en el siglo XVIII el Parlamento británico se consolidó como órgano de dirección política frente a los Monarcas y, con ello, se convirtió en un órgano representativo que se formaba a través de elecciones directas (aunque todavía con sufragio censitario y muy minoritario), los partidos políticos aparecieron con el carácter que todavía hoy poseen. Desde entonces, la democracia representativa necesita a los partidos que expresan el pluralismo de la sociedad hasta el extremo de que incluso en dictaduras que no permiten la existencia de partidos, éstos existen en la clandestinidad y tratan de organizar a los opositores, como ocurrió en España y en Portugal en las dictaduras franquista y salazarista. Como explicó un constitucionalista francés, la existencia de partidos políticos diferentes significa que la competición ante los electores no es momentánea e improvisada sino que es duradera e institucional (André Hauriou: Derecho constitucional instituciones políticas, Barcelona, 1971, pág. 273). Pero los partidos no se limitan a concurrir a las diversas elecciones para obtener el triunfo de sus candidatos pues, como ha señalado el politólogo Josep Maria Vallès, los partidos, dotados de una organización estable, acaparan las posibilidades de conectar a los individuos y a los grupos con las instituciones políticas (Ciencia política. Una introducción, Barcelona, 2010, pág. 363).

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La manifestación contra la reforma de la “Ley Mordaza”: un intento de vulnerar los principios del Estado Democrático

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La manifestación celebrada en Madrid el 27 de noviembre para protestar contra la reforma de la Ley orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (denominada en su tiempo “Ley mordaza”), que el Gobierno está preparando, ofrece elementos que deben preocuparnos sobre la vulnerabilidad del Estado democrático y sobre las maniobras que pretenden dificultar la capacidad que tiene éste para ordenar políticamente la sociedad. Vamos a examinar este tema desde tres perspectivas que son: a) el alineamiento de las derechas con una Ley represora; b) el intento de unos sindicatos policiales de presionar al Gobierno y al Parlamento en base, además, a un conjunto extenso de interpretaciones inexactas; y c) la responsabilidad moral de los partidos de derecha y de los sindicatos policiales por lanzar contra el Gobierno a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

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La crisis del partido popular no remite

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La crisis interna del Partido Popular no remite sino que sigue creciendo. A lo largo de los últimos días hemos visto el trato diferente que la dirección de Casado otorga al partido en Andalucía y en Madrid. También hemos visto la protesta no disimulada de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Díaz Ayuso, ante la imposibilidad de convocar un congreso que le daría todo el poder regional. Para embrollar la situación la Diputada disidente Cayetana Álvarez de Toledo acaba de publicar Políticamente indeseable (Barcelona, 2021) donde la imagen de Pablo Casado no sale favorecida. Y para cerrar la situación crítica el Presidente del Partido Popular se mete (¿por despiste?) en una misa dedicada al recuerdo del dictador Franco… y no fue capaz de salirse ni de explicar su error.

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La campaña de la prensa conservadora para imponer un CGPJ dominado por la derecha política y la derecha judicial

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En una reciente entrevista, el historiador germano-británico Orlando Figes hablaba de la campaña de los medios británicos para convencer a la opinión pública sobre las ventajas del Brexit y de cómo la facción conservadora más radical ha estado treinta años alimentándola para acabar con esta reflexión: “No puedes repetir machaconamente según qué mensajes y que no tengan efecto” (El País Semanal, 14 de noviembre de 2021). Lo mismo podemos decir de la campaña de algunos diarios (ABC, El Mundo, La Razón, La Vanguardia) a propósito de la forma de elección del Consejo General del Poder Judicial.

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Portugal. De cómo la vida de un parlamento y de un gobierno pende de la voluntad del presidente de la República

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Vista desde España, la disolución de la Asamblea de la República portuguesa por causa del rechazo parlamentario del proyecto de Presupuesto provoca alguna perplejidad y suscita alguna reflexión constitucional. No voy a entrar en el trasfondo político de la situación y tampoco sabemos si el Primer Ministro Costa hubiera preferido las elecciones anticipadas a gobernar sin Presupuesto (en España, el Presidente Sánchez prefirió disolver cuando Esquerra Republicana de Catalunya provocó la aprobación de una enmienda de totalidad en 2019). Sobre lo que quiero reflexionar es sobre el modelo constitucional que en algunos países europeos otorga al Presidente de la República (nunca al Rey en las Monarquías parlamentarias) la facultad de disolver a su voluntad el Parlamento y, con ello, de cesar al Gobierno.

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El laberinto judicial del partido popular

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La nueva sentencia de la Audiencia Nacional, que condena al Partido Popular por la reforma de la sede nacional del partido a través de dinero “negro” obtenido de sobornos de empresarios que participaban en concursos de obras públicas, constituye un hecho muy preocupante dentro de la dinámica política actual. Y no ha acabado de conocerse la sentencia cuando se filtran más declaraciones en el siguiente sumario que afecta al Partido Popular. Ahora es el antiguo Alcalde de Boadilla del Monte, que ha preferido confesar lo que hacía y la complicidad de personajes relevantes en el partido, como el ya condenado Correa.

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La coordinación del trabajo del gobierno

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El Gobierno en las democracias parlamentarias es un órgano constitucional complejo que está formado por varios órganos, actúa bajo formas colegiales y unipersonales y se rige por la combinación de varios principios organizativos. Desde los primeros Gobiernos de las Monarquías constitucionales del siglo XIX, dirigidos por el Monarca, hasta los actuales Gobiernos de las democracias parlamentarias (Monarquías y Repúblicas), que dirigen los Presidentes del Gobierno, la organización y el funcionamiento gubernamentales han cambiado mucho. Lo determinante en la actualidad es cómo se combinan tres principios organizativos, a saber, de dirección presidencial o de canciller (para asegurar que el Presidente del Gobierno dirija efectivamente todo el complejo gubernamental), colegial (para asegurar una participación de todos los Ministros y de todos los Ministerios en la preparación y ejecución de las políticas públicas del Gobierno) y departamental (con el objetivo de que cada Departamento ministerial disponga de un ámbito propio de acción política y administrativa). La conjunción de los tres principios exige aplicar técnicas jurídicas de coordinación del trabajo gubernamental.

Un congreso para gobernar

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La celebración del 40º Congreso Federal del PSOE ha venido a confirmar las impresiones que se tenían las semanas anteriores (véase Javier García Fernández: “Un congreso para afianzar la acción del Gobierno” Sistema Digital, 30 de septiembre de 2021) acerca de los efectos políticos que tendrá el nuevo programa y la nueva articulación del partido con el Gobierno. Los efectos que deben comentarse son la nueva línea política que se desprende de las resoluciones aprobadas, los cambios en la Comisión Ejecutiva Federal, el espíritu de convergencia de diversas sensibilidades y experiencias de la militancia y de los cuadros, la citada articulación del partido con el Gobierno (además, de coalición) y hasta la preparación de nuevos cuadros para gobernar en el futuro. Veamos estos puntos.

La judicialización de la política

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Para oponerse al actual procedimiento de elección del Consejo General del Poder Judicial, las tres derechas en presencia (política, judicial y mediática) invocan una supuesta politización de la Justicia como si una elección de los Vocales judiciales, atribuida sólo al propio personal judicial, viniera a despolitizar la propia elección. Si se habla de asociaciones conservadoras y progresistas, ¿cómo va a ser la elección sino totalmente politizada? Pero, en realidad, en los últimos años, coincidiendo con los Gobiernos del Presidente Sánchez, estamos asistiendo al fenómeno contrario: no hay politización de la Justicia, sino judicialización de la política.

La semana fantástica del Partido Popular

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La sucesión de actos de la itinerante convención del Partido Popular, que han concluido con un mitin en la plaza de toros de Valencia, supone para algunos la confirmación de un giro político de gran trascendencia. ¿Por qué Casado ha impulsado esta especie de “semana fantástica” donde, como unos conocidos grandes almacenes, se ha lanzado a vender mercancías a precios rebajados?

Un congreso para afianzar la acción del gobierno

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Para los clásicos de la Ciencia Política, los partidos cumplen varias funciones, entre las que hay que destacar el reclutamiento y la formación del personal político, la agregación de demandas sociales, la comunicación entre gobernantes y gobernados y el encuadramiento de preferencias electorales (por todos, Josep Maria Vallès: Ciencia política. Una introducción, Barcelona, 2010, 8ª ed., págs. 369-371). En esa interrelación con la sociedad, la acción política de los partidos tiene efectos tangibles o irrelevantes para la propia sociedad y para franjas específicas de la misma. Para que esa acción política no sea irrelevante, es necesario que el partido, como organización, actúe eficazmente sin lastres internos. Y el momento en que se plasma la disposición de los partidos para una acción política eficaz es el de la celebración de sus congresos nacionales, cada varios años.

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Persiste la utilización política del poder judicial

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En las dos últimas semanas se han ido produciendo noticias relacionadas con el Poder Judicial que refuerzan una idea que va calando en la opinión pública: que la derecha política y la derecha judicial, en santa alianza, están utilizando ese poder para alcanzar objetivos políticos que no podrían conseguir a través de procedimientos democráticos. Esos objetivos políticos son: para la derecha política, controlar el Tribunal Supremo y los Tribunales Superiores, tanto para obtener la confirmación judicial de algunas de sus políticas, como proteger al número creciente de eminentes militantes del Partido Popular que van siendo imputados por problemas de corrupción; para la derecha judicial, controlar el Consejo General del Poder Judicial es disponer de una plataforma para repartir los cargos judiciales, para que se perciba que afiliarse a las asociaciones conservadoras (que actúan como verdaderos sindicatos de clase) es rentable y también para cortar el paso al Gobierno y al Parlamento en la gestión del Poder Judicial; y ambas derechas, de consuno, para debilitar al Gobierno al que consideran ilegítimo.

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De Hans Kelsen a Carl Schmitt

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Recientemente señalábamos en esta sección que la política del Partido Popular se aleja mucho, actualmente, de la noción de democracia pluralista que describió el jurista austríaco Hans Kelsen en Esencia y valor de la democracia; alejamiento tan notable que nos obligaba a apuntar que el Partido Popular y su Presidente, Pablo Casado, están infringiendo la Constitución, cuyos principios y valores se basan también en la democracia pluralista, y no casan, por ende, con el intento de Casado de deslegitimar al Gobierno y sacar del campo político democrático al propio PSOE y a su Presidente, Pedro Sánchez (Javier García Fernández: “La deslealtad constitucional de Pablo Casado y del Partido Popular o su falta de sentido del Estado”, Sistema Digital, 1 de septiembre de 2021).

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La vulneración de la constitución por el partido popular: ahora los órganos constitucionales, más adelante, ¿los derechos fundamentales o las comunidades autónomas?

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La inauguración del año judicial ha vuelto a sacar a debate la negativa del Partido Popular a renovar el Consejo General del Poder Judicial (en adelante CGPJ), aunque, en realidad, se trata de no renovar este Consejo, más el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

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La deslealtad constitucional de Pablo Casado y el Partido Popular o su falta de sentido de Estado

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Aunque Hans Kelsen es conocido por su Teoría Pura del Derecho con la que pretendía excluir de la Ciencia jurídica todo componente ideológico o político, también escribió muy interesantes obras sobre la dimensión política del Estado. Entre estas últimas, una obra destaca por su brillantez y al mismo tiempo por su claridad, Esencia y valor de la democracia que se publicó por vez primera en 1920 y en España en 1934. En esta obra Kelsen defiende la democracia parlamentaria que comporta admitir el principio de mayoría que, a su vez, conduce al juego de mayorías y minorías. Esta idea es, sin duda, una de las más potentes del Kelsen y un siglo después sigue caracterizando a la democracia porque significa admitir la legitimidad del adversario político, lo que conlleva, a su vez, no sólo la noción de pluralismo sino, incluso, yendo más lejos, la relatividad de los valores pues todos son valiosos y legítimos.

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Comentarios a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma

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I. La contraposición limitación/suspensión de derechos fundamentales

Aunque el Tribunal Constitucional no ha publicado formalmente la sentencia sobre la declaración del estado de alarma durante el Covid-19 (y menos aún se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado) en los medios de comunicación y en las redes sociales ya se ha difundido el texto completo y también se han difundido los diversos votos particulares que disienten del fallo. Por su densidad, el texto merece analizarse con cuidado por lo que hoy sólo nos vamos a centrar en el debate conceptual que ha llevado a declarar inconstitucional el artículo 7.1 y 3 del Real Decreto de declaración, el que limitaba la libertad de circulación de los ciudadanos.

Comentartio rápido sobre la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la declaración del estado de alarma

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A comienzos de la tarde del 13 de julio el Tribunal Constitucional ha publicado un comunicado de prensa que contiene la parte dispositiva de la Sentencia que resuelve el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los Diputados de Vox contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró el estado de alarma por vez primera. Como su denominación indica, se trataba de un Decreto, susceptible en principio de ser recurrido sólo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, pero la prórroga del mismo que autorizó el Congreso de los Diputados dio a este Decreto fuerza de ley y eso explica que haya sido impugnado ante el Tribunal Constitucional, porque la disposición equivale a una Ley.

La formación del gobierno en España: nueva praxis constitucional y nueva política

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Dentro del Derecho constitucional y de la Ciencia Política, la reflexión y el análisis del Gobierno es una de las materias más interesantes, porque combina sutiles conocimientos teóricos con una práctica política muy compleja. Y dentro de esa parte del Derecho constitucional que estudia el Gobierno, todo lo referente a la vida del órgano atrae mucho interés. Más interés todavía si hablamos de un Gobierno de coalición. Añádase que el Gobierno es un órgano muy mal regulado en todas las Constituciones democráticas, pues en estas encontramos pocos artículos que disciplinan al Gobierno, frente a la extensa regulación que reciben los Parlamentos o la Jefatura del Estado.

¿Serà posible el diálogo?

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La reunión del Presidente del Gobierno con el de la Generalidad de Cataluña ha provocado reacciones contrapuestas en los medios políticos. La contraposición ha empezado por la explicación posterior de la propia reunión, pues, como se ha dicho en algún medio, la versión de la reunión que dieron la Ministra Portavoz y el Presidente Aragonès era tan distinta que parecía que hablaban de dos reuniones distintas.

Pablo Casado tiene un problema

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La referencia al Rey en el discurso de Díaz Ayuso en la plaza de Colón de Madrid puede parecer, según el grado de benevolencia con que se mire a la Presidenta madrileña, expresión de ignorancia jurídico-política, simple truco para que se hable de ella durante varios días o, lo que es peor, una manifestación de los deseos de manipular al Jefe del Estado en beneficio de la extrema derecha que Díaz Ayuso empieza a representar. Añadamos el juego de disculpas y desmentidos en que la Presidenta de la Comunidad de Madrid ha incurrido y, con ella, el propio Casado y la sensación es preocupante.

Indultos y convivencia política

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La intención, anunciada por distintos miembros del Gobierno, de conceder el indulto a los condenados por la rebelión secesionista catalana, ha provocado un seísmo político que merece comentarse. Veamos en primer lugar el régimen jurídico del derecho de gracia; en segundo lugar, el origen político de la situación que dio lugar a que ahora se plantee el indulto; en tercer lugar, los fines que se persiguen con el indulto; y, en cuarto lugar, los previsibles efectos políticos en los partidos nacionales y en el resto de España.

El Partido Popular se apoya en sondeos dudosos para pedir elecciones

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La legislatura 1993-1996 se inició con la decepción de José María Aznar cuando creía que vencería al PSOE. El Partido Popular ideó la consigna “Váyase, señor González” y hasta pactó con Julio Anguita presentar conjuntamente en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley en donde se pedía al Presidente del Gobierno que disolviera las Cortes y convocara nuevas elecciones, intentando así que el Congreso de los Diputados vulnerara la prerrogativa del Presidente del Gobierno de disolver las Cámaras y convocar nuevas elecciones que establece el artículo 115 de la Constitución.

La crisis de Ceuta y la fragilidad geoestratégica de las democracias

(Tiempo de lectura: 3 - 6 minutos)

La crisis de Ceuta puede provocar reflexiones de muchos tipos y en este artículo vamos a tratar de presentar algunas primeras ideas. En primer lugar, una de las ideas que pueden aparecer con más fuerza es la de fragilidad geoestratégica de las democracias frente a los regímenes autoritarios. Ante una supuesta ofensa de España por acoger a Brahim Ghali, Presidente de la República Árabe Saharaui Democrática y Secretario General del Frente Polisario (sobre lo que luego hablaremos), el Gobierno de un país democrático (como lo son casi todos los Estados miembros de la Unión Europea) habría utilizado los instrumentos diplomáticos usuales para mostrar su malestar.