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Beneficios, IVA y progresividad


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El pasado mes de julio, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) publicó un estudio sobre beneficios fiscales de enorme interés. Tan interesante que esta es la cuarta entrega, y penúltima, de análisis sobre algunos de los beneficios analizados. Estos, como explica el propio informe, son instrumentos de política fiscal que persiguen objetivos económicos y sociales mediante exenciones, tipos reducidos, reducciones o deducciones en sus cuotas tributarias. Repito esta definición cada vez porque es importante tenerla en cuenta.

En términos generales, los beneficios suponen una menor recaudación que se sitúa en el entorno de los 60.000 millones de euros, y ha llegado el momento del plato fuerte, el más cuantioso en términos de pérdida de recaudación, y el que con seguridad tiene más espinas. Se trata de los tipos reducidos (4% y 10%) en el IVA, que se aplican a ciertos bienes y servicios que se consideran de primera necesidad, para que su precio sea inferior y estén al alcance de todos. Tienen un coste en el entorno de los 18.000 millones, y no es el único beneficio asociado al IVA. Hay que añadir tres más: las exenciones de la educación, de la sanidad y de los servicios financieros. Las dos primeras tienen un coste de casi 3.500 millones, y la tercera de 2.800 aproximadamente. El paquete completo nos sale por 24.000 millones de euros, según la estimación de la AIReF.

La Autoridad considera que los tipos reducidos son un beneficio discutiblemente progresivo, y que de forma igual de discutible cumple su objetivo. Empezando por lo segundo, el informe muestra que este mecanismo hace que los precios sean menores, y en esa medida la población con menor nivel de renta accede a menor coste a los bienes y servicios que aplican tipos reducidos. En consecuencia, es discutible que sea discutible. Otra cuestión es que, como acertadamente se menciona, el beneficio sea para todos, con independencia de su nivel de ingreso, por lo que mucho del beneficio termina en los tramos de renta altos. Y ahí hay que reconocer que es cierto, aunque conviene detallar por qué.

El efecto de subvención encubierta a rentas altas es muy evidente en los bienes y servicios con el tipo reducido (10%), bastante más que en los de tipo superreducido (4%), y como el informe permite deducir, buena parte del problema se encuentra en el tipo de bienes y servicios que se incluyen en una y otra categoría.

Los tipos al 4% son fácilmente justificables, hay poco margen de discusión sobre la lista y será inevitable un efecto regresivo, porque si el pan (por poner un ejemplo) aplica un tipo del 4%, cualquiera que lo compre se verá beneficiado, con independencia de su nivel de renta. En este tipo de bienes es difícil que un mayor nivel de renta suponga un consumo proporcionalmente mayor, y solo puede ser señalado un cierto efecto renta en la presencia de productos de alta calidad.

Otra cosa es el tipo reducido del 10%, que es tal vez demasiado flexible para unas cosas y registra otras ausencias inquietantes. ¿Tiene sentido que un billete de autobús urbano tenga el mismo tipo que un billete de AVE? Si compro vino en la tienda pago el 21%, pero en el bar pago el 10%. De hecho ¿puede entenderse la hostelería como un servicio al que se deba facilitar acceso generalizado vía apoyo de renta?

El listado de incongruencias es largo y afecta a muchos sectores. Afortunadamente, en los últimos dos años ha empezado a haber cambios relevantes: cines y teatros tienen ahora el tipo reducido, por ejemplo, y la compraventa de obras de arte aplica el tipo general. Hasta 2018 era al revés, comprar una entrada de cine era gravado con el 21%, pero si se trataba de comprar un Pollock, sólo con el 10%. En resumen, hay un claro componente de regresividad tal y como aún está configurado el beneficio, pero en esto sí hay movimientos correctivos.

La conclusión a la que llega la Autoridad sobre los tipos reducidos, y con la que coincido, es que es necesario un replanteamiento de la estrategia, con una revisión al menos de las categorías de bienes y servicios a los que se aplica. De hecho va un paso más allá, porque plantea que si pensamos en otra forma de apoyo a las rentas bajas, sería lógico suprimir estos tipos. No es descabellado, pero sí audaz: una renta mínima adecuada, por ejemplo, haría estos tipos innecesarios ¿Saldría muy caro? La pérdida de recaudación por esta reducción, cabe recordar, es de 18.000 millones, con lo que si el gasto en la renta mínima es inferior, habrá merecido la pena. Y eso sin contar con la simplificación de los procesos administrativos en la gestión del impuesto.

El otro conjunto de beneficios son las exenciones a tres tipos de servicios: la educación, la sanidad y los servicios financieros. Hemos de recordar que no son exenciones completas, lo que complica el análisis. El informe señala que, en el caso de los servicios financieros, la exención logra el objetivo, si bien en la sanidad y la educación los resultados no son concluyentes. Como la alternativa de contraste es la ausencia de exención, tendríamos que saber hasta qué punto al estar sometidos a régimen general de IVA se modificarían las pautas de consumo.

En el caso de la sanidad (o la educación) la duda es saber si la demanda se trasladaría a la pública, se mantendría en la privada o desaparecería. Y es una incógnita real, porque a las empresas la opción del gravamen les sale a cuenta (el IVA lo desgravan), y solo las economías familiares tendrían que cargar con la repercusión. Hay que tener en cuenta que para la mayoría de ciudadanos esta situación es inapreciable dado que se emplean servicios públicos en ambos sectores de prestación gratuita. En uno y otro caso es previsible que el efecto sea irrelevante para la mayoría de las familias, en especial las de rentas bajas, y podría darse el caso del abaratamiento por mayor volumen de operaciones. Para las empresas el resultado es irrelevante, dado que el IVA se lo desgravan, y al menos en el ámbito de la formación no sería impensable que se incrementara la demanda. Por otra parte, simplificaría la gestión del impuesto, pues las que tienen operaciones exentas y no exentas están sujetas a un régimen (la prorrata) fuente inagotable de reclamaciones, pleitos... y fraudes, sobre todo en el caso de las grandes entidades que pueden hacer operaciones complejas de ingeniería fiscal (buscad en las noticias, que hay casos recientes).

¿Hay alguna de estas reflexiones en el informe de AIReF? Obviamente, no. Tal vez porque queda poco profesional poner en cuestión el lucro descarado que proporcionan estos dos sectores a ciertas empresas, y en especial al líder de ambos sectores, que curiosamente es el mismo: la Iglesia Católica.

Y puestos a hablar de lucro, queda comentar el caso de los servicios financieros, de los que se afirma con contundencia que sí logran su objetivo (menores precios), cuando la evidencia que se presenta es igual de endeble que en los dos casos anteriores. En ninguna de las tres exenciones se reflexiona, curiosamente, sobre su progresividad o regresividad, tal vez porque no hace falta ser una lumbrera para apreciar la realidad: los efectos son profundamente regresivos. Si en los casos de la sanidad y la educación resulta evidente, en el caso de los servicios financieros un análisis cuantitativo podría ser escandaloso, pues a nadie se le escapa que a mayor renta mayor volumen de operaciones financieras.

Al final, la propuesta de AIReF para suprimir los tipos reducidos resulta ser una buena terapia para acabar con todos los beneficios en torno al IVA. El ahorro cuantificado no es precisamente pequeño, y no estamos considerando los efectos secundarios derivados de la simplificación administrativa o la alteración de los precios relativos. Con un programa de rentas mínimas a quienes menos tienen podrían suprimirse y dar un vuelco de progresividad a nuestro sistema fiscal, que lo va necesitando.

Nacido en 1967, es economista desde 1990 por la Universidad Complutense. En 1991 se especializó en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente por la Politécnica de Valencia, y en 1992 en Transportes Terrestres por la Complutense, empezando a trabajar en temas territoriales, fundamentalmente como profesional independiente contratado por empresas de ingeniería.

Ha realizado planeamiento urbanístico, planificación territorial, y evaluación de impacto ambiental. En 2000 empezó a trabajar en temas de desarrollo rural, y desde 2009 en cuestiones de políticas locales de cambio climático y transición con su participación en el proyecto de la Fundación Ciudad de la Energía (en Ponferrada, León).

En 2012 regresó a Madrid, hasta que, en diciembre pasado, previa oposición, ingresó en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el Servicio de Análisis Económico.