HEMEROTECA       EDICIÓN:   ESP   |   AME   |   CAT
Apóyanos ⮕

SEGUNDA REPÚBLICA. 1º MAYO: Madrid, 1-5-1931.- Pedro Rico, Francisco Largo Caballero, Miguel de Unamuno, Indalecio Prieto y Mellie Staal, (de izda a dcha), durante la manifestación del Primero de Mayo. EFE/jgb / E/Coloreada @latinapaterson

1926. Los anarquistas Francisco Ascaso (1901-1936), Buenaventura Durruti (1896-1936) y Gregorio Jover (1891-1964) integrantes de "Los Solidarios". E/Coloreada https://twitter.com/latinapaterson/status/1313515912671252481/photo/1

19/12/1933. Los diputados socialistas Francisco Largo Caballero y Margarita Nelken posando sentados en sus escaños del Congreso. Foto Luis Ramón Marín / Fundación Pablo Iglesias. E/Coloreada. https://twitter.com/latinapaterson/status/1311207535429513217

Pablo Iglesias Posse, político y fundador del PSOE en el despacho de su casa (foto sin fecha) / EFE / E. Coloreada @latinapaterson

1932, visita de Niceto Alcalá Zamora, Presidente de la República Española, a la Fábrica de Tabacos de San Sebastián. Foto posando junto a las empleadas de Tabacalera, del fotógrafo Martín Ricardo / Kutxateca. E/Coloreada. https://pbs.twimg.com/media/Ef5yI4eXYAE8MRH?format=jpg&name=4096x4096

06/01/1937, mujeres de un taller de costura de la C.N.T. en Gijón. Foto Constantino Suárez. Archico Muséu del Pueblu d’Asturies. Coloreada. https://twitter.com/latinapaterson/status/1205762029782523904/photo/1

previous arrow
next arrow
Slider

La Organización de Naciones Unidas (…) reconoció ya que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad.


“La Organización de Naciones Unidas en la IV Conferencia Mundial de 1995 reconoció ya que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz y viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Además la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Existe ya incluso una definición técnica del síndrome de la mujer maltratada que consiste en «las agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes socioculturales que actúan sobre el género masculino y femenino, situándola en una posición de subordinación al hombre y manifestadas en los tres ámbitos básicos de relación de la persona: maltrato en el seno de las relaciones de pareja, agresión sexual en la vida social y acoso en el medio laboral».”

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género