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Joaquín Mencos y el procedimiento federal en 1929


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Con motivo de la llegada de la Segunda República el intelectual y abogado socialista Joaquín Mencos teorizó sobre la necesidad de implantar un régimen federal en España. Hace unos pocos años estudiamos su propuesta, pero siguiendo investigando sobre esta cuestión, descubrimos que, en octubre de 1929, en los tiempos del debate sobre el proyecto constitucional de la Dictadura de Primo de Rivera ya comenzó a tratar este asunto y estableció un procedimiento para establecer ese federalismo. Nuestro propósito es completar las ideas de este destacado autor, también miembro de la Masonería, que tanto escribió en la prensa socialista en esas décadas, y que está llamando a que se haga un estudio monográfico sobre sus reflexiones acerca de distintos temas políticos.

Para Mencos el centralismo era inadmisible. Las libertades municipales y regionales eran tan importantes como las individuales. Las naciones no eran uniones de individuos ni de familias, sino, por lo menos de municipios, y en países como España, de regiones. Así, Aragón, Cataluña o Galicia habían tenido personalidad propia antes de que se las arrebatase el centralismo. Así pues, si el individuo tenía perfecto derecho a su autonomía o libertad, también la tenían el municipio y la región.

El amor a España, seguía categórico Mencos, no era incompatible con el que se debía a la “patria mayor”, es decir al mundo, siguiendo la vocación internacionalista del socialismo, pero también a las “patrias pequeñas”, como eran la región y el municipio. Mencos consideraba siempre el federalismo desde la óptica regional y municipal, un asunto que ya vimos en el artículo de 1931.

La idea giraba, por lo tanto, sobre los derechos a la libertad o autonomía de individuos, municipios y regiones. Solamente precisaba determinar cuáles eran las regiones con verdadera personalidad y cuáles eran los fines que les correspondía realizar. Este aspecto es interesante porque, en principio parecía que se desprende que el federalismo se aplicaría a regiones que calificaríamos de históricas. Pero Mencos, en primer lugar, se preguntaba si había que reconocer o no personalidad a las antiguas regiones tal y como estaban constituidas antes de la división de España en provincias.

En realidad, el criterio para definir este capital asunto debía ser, siempre según Mencos, democrático, es decir, que debían ser los ciudadanos los que determinasen las regiones, es decir, no debía imperar el criterio histórico per se, sino el de la voluntad de los ciudadanos, por lo que, realmente, Mencos estaba superando las reivindicaciones nacionalistas basadas en la Historia.

El procedimiento pasaba por reconocer la autonomía política de los municipios y de las provincias, y que, si éstas deseaban agruparse y reconstituir las antiguas regiones, lo hicieran por acuerdo tomado en asambleas de tipo constituyente, elegidas, claro está, por sufragio universal. La Constitución federal española debía reconocer la plena autonomía provincial. En cada provincia debería reunirse una asamblea constituyente encargada de elaborar una constitución propia, además de acordar una de las tres soluciones siguientes: seguir solas, fusionarse constituyendo una nueva con otras, o federarse con otras y formar una región, que debía respetar la autonomía de las provincias de la misma. Este era un método, en opinión de Mencos, que evitaba la reconstitución de regiones ficticias. En una palabra, Mencos parecía recoger parte de las tradiciones del federalismo desde arriba, con parte de las del federalismo desde abajo o cantonalismo, en un procedimiento que, en parte, nos recuerda a la posterior forma de constituirse una región autónoma según la Constitución de 1931. Lo que si se obviaba, claramente, era cualquier argumento de tipo nacionalista por encima de la voluntad de los ciudadanos.

El trabajo se publicó en el número 6452 de El Socialista de 13 de octubre de 1929. En la hemeroteca de El Obrero podemos encontrar los trabajos dedicados por este autor a Mencos y, entre ellos, el del federalismo de 1931.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

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