"El Código civil y criminal, y el de comercio serán unos mismos para toda la Monarquía"
"Art 258. El Código civil y criminal, y el de comercio serán unos mismos para toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones, que por particulares circunstancias podrán hacer las Cortes."
Constitución de 1812.
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