"La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales"
"La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho."
Artículo 103 de la Constitución de 1978.
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