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España, terreno fértil para la usura


  • Escrito por Álvaro Balsa Prados
  • Publicado en Opinión
(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

De nada ha servido que el Tribunal Supremo declarase el pasado marzo del 2020 que aquellos préstamos al consumo ofertados a través de tarjetas de crédito con un interés superior al 20% TAE pueden ser calificados como usurarios o que la rápida comercialización de un préstamo no puede justificar en ningún caso la imposición de unos intereses desproporcionados, los prestamistas volverán a aprovechar la crisis en la que la ya estamos inmersos para continuar con su expolio a las clases más desfavorecidas del país, aquellas que se ven abocadas a solicitar este tipo de créditos rápidos por pura supervivencia.  

Cualquiera que haya tenido la osadía de utilizar el metro de Madrid en estas calurosas fechas habrá visto unos enormes carteles publicitarios en los andenes y pasadizos del suburbano que ofertan préstamos inmediatos de hasta 300 € de manera online. De lo que seguramente no se habrán percatado, puesto que se indica en una letra microscópica destinada a dificultar su lectura, es de los intereses absolutamente desproporcionados que este tipo de préstamos pueden llegar a aplicar y que ascienden a tasas superiores al 3.000% TAE.   

No es un caso aislado, son muchas las empresas de préstamos rápidos que ya han comenzado sus campañas publicitarias agresivas y que inundarán en los próximos meses la televisión, prensa y radio, ofertando préstamos con intereses que en ocasiones pueden alcanzar TAE´s superiores al 6.000%.  

Aquellos incautos que cometan el error de solicitar un préstamo a este tipo de entidades y no sean capaces de pagarlo en el plazo de vencimiento, se encontrarán inmersos en un crédito impagable con altas probabilidades de convertirse en una deuda perpetua.  

Nuestros lectores se preguntarán cómo es posible que se permita la publicidad de este tipo de préstamos que superan más de 300 veces el tipo de interés máximo que se puede aplicar en este tipo de operaciones según el Tribunal Supremo. La respuesta es, que la calificación de un préstamo como usurario, sólo puede ser determinada por un juez y por tanto sólo aquellos consumidores que se atrevan a denunciar esta situación (previa contratación de abogado y procurador) conseguirán liberarse de la deuda.  

Los prestamistas son conocedores de esto, y saben que sólo un porcentaje mínimo de sus clientes recurrirá a un abogado para solucionar su situación, la consecuencia: miles de consumidores ya de por sí inmersos en situaciones económicas complejas a los que se les asesta la última puntilla abocándoles a la quiebra.  

Parece un momento inmejorable para regular la usura, cosa que no parece ser plato de buen gusto para ningún gobierno, puesto que, la ley que la regula en la actualidad, la famosa Ley Azcárate, data nada más y nada menos que del año 1908 habiendo permanecido prácticamente inalterada hasta nuestros días.   

Es el momento de exigir a nuestros gobernantes decisiones valientes, o se pone coto a la usura o miles de familias en España acabarán endeudadas de por vida agravando la situación económica que ya de por sí va a sufrir el país.

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