“La formación del proyecto de Presupuestos corresponde al Gobierno..”
“Artículo 107 La formación del proyecto de Presupuestos corresponde al Gobierno; su aprobación a las Cortes. El Gobierno presentará a éstas, en la primera quincena de Octubre de cada año, el proyecto de Presupuestos generales del Estado para el ejercicio económico siguiente. La vigencia del Presupuesto será de un año.…
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