La ratificación de la jornada de ocho horas en la República
- Escrito por La redacción
- Publicado en Textos Obreros
“La «Gaceta» del día 1 de mayo publica un decreto del ministerio de Trabajo por el que se ratifica la jornada de ocho horas en los siguientes términos:
«Artículo 1° Queda ratificado sin condiciones el convenio adoptado en la primera sesión de la Conferencia Internacional del Trabajo, de Washington, de 1919, limitando a ocho horas diarias, o cuarenta y ocho semanales, la duración del trabajo en los establecimientos industriales.
Art. 2.° La presente ratificación será notificada por el ministerio de Estado a la Secretaría general de la Sociedad de las Naciones.
Art. 3.° Por el ministerio de Trabajo y Previsión se introducirán en la vigente legislación española sobre jornada máxima de trabajo las modificaciones que sean precisas para su adaptación al Convenio internacional.»
(Fuente: El Socialista, número 6936)
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