Las cooperativas en el Congreso de Copenhague de la Segunda Internacional (1910)
- Escrito por La redacción
- Publicado en Textos Obreros
Rescatamos el texto de la resolución de la Segunda Internacional sobre las cooperativas, aportando un material para profundizar en este aspecto fundamental del socialismo europeo:
“Considerando que las Sociedades cooperativas de consumo no procuran solamente ventajas materiales inmediatas á sus miembros, sino que están destinadas:
1) A aumentar el poder del proletariado por la supresión de los intermediarios y por la creación de servicios de producción que dependan de los consumidores organizados.
2) A mejorar las condiciones de la vida obrera.
3) A educar á los trabajadores para la organización en plena independencia de sus negocios propios, y ayudarles así á preparar la democratización y la socialización de las fuerzas de cambio y de producción;
Considerando que la cooperación por sí sola sería impotente para realizar el fin perseguido por el Socialismo, que es la conquista de los Poderes públicos para la apropiación colectiva de los medios do trabajo. El Congreso, poniendo á los trabajadores en guardia contra los que sostienen que la cooperación se basta á sí misma, declara que la clase obrera tiene el mayor interés en utilizar el arma cooperativa en su lucha de clase.
Invita, pues, á todos los socialistas y á todos los miembros de los Sindicatos á participar activamente en el movimiento cooperativo á fin de desarrollar en él el espíritu del Socialismo e impedir que las cooperativas se desvíen de su misión educadora y de solidaridad obrera.
Los cooperadores socialistas tienen el deber de luchar en sus Sociedades:
1) Porque los beneficios no sean exclusivamente repartidos entre los miembros, sino que una parte sea destinada a las Federaciones ó almacenes al por mayor, al sostenimiento de sus miembros, al desarrollo de la producción cooperativa y á fines de educación y de enseñanza.
2) Para que las condiciones de salario y de trabajo de las cooperativas sean marcadas de acuerdo con los Sindicatos.
3) Para que la organización del trabajo sea en ellas ejemplar y que las compras de mercancías se efectúen teniendo en cuenta las condiciones de trabajo de quien las han producido.
Corresponde á las diferentes cooperativas de cada país decidir si han de ayudar directamente con sus recursos el movimiento político y sindical y en qué medida.
Dado que los servicios que la cooperación puede rendir á la clase obrera serán tanto mayores cuanto más fuerte y más unánime sea el movimiento cooperativo, el Congreso declara que las cooperativas de cada país, constituidas sobre la base de la presente resolución deben formar una sola Federación.
Declara, además, que la clase obrera, en su lucha contra el capitalismo, tiene el mayor interés en que los Sindicatos, las cooperativas y el Partido Socialista, conservando su autonomía, y su unidad propias, permanezcan unidos por relaciones cada vez más íntimas.”
(Vida Socialista, número de 2 de octubre de 1910)
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