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La atención presencial para solicitar la regularización extraordinaria se ofrece en 436 oficinas de la Seguridad Social, Correos y Extranjería


(Tiempo de lectura: 2 - 4 minutos)
Sede de la Tesorería General de la Seguridad Social. / © lamoncloa.gob.es. Ministerio de la Presidencia. Sede de la Tesorería General de la Seguridad Social. / © lamoncloa.gob.es. Ministerio de la Presidencia.

La atención presencial para solicitar la regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya viven en España se está ofreciendo en 436 oficinas de la Seguridad Social, Correos y Extranjería distribuidas por todo el territorio nacional, en todas las provincias y con especial atención y refuerzo de personal en las zonas con más presencia de personas extranjeras.

Es importante recordar que esta atención solo se facilita con cita previa, con el objetivo es ordenar los flujos de personas y evitar desplazamientos innecesarios y aglomeraciones. No se está atendiendo a ningún ciudadano sin ella.

En concreto, las citas presenciales se atienden en 371 oficinas de Correos, 60 oficinas de la Seguridad Social y cinco oficinas de extranjería. En estas oficinas, se han habilitado horarios específicos para que el proceso de regularización no interfiera con su normal funcionamiento. De hecho, el resto de trámites que se realicen en ellas se siguen atendiendo con normalidad en el horario habitual.

Las oficinas de Extranjería designadas son cinco en total: Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia, en horario de tarde, de 16:00 a 19:00 horas.

En cuanto a las oficinas de la Seguridad Social, hay al menos una en cada provincia que ofrece este servicio, en el mismo horario de tarde que las oficinas de Extranjería.

Las oficinas de Correos habilitades para el proceso están ubicadas en las capitales de provincia y en las localidades mayores de 50.000 habitantes. El horario de atención de estas últimas será de lunes a viernes, desde las 08:30 horas hasta las 17:30 horas.

El listado completo de oficinas puede encontrarse en el portal del ministerio dedicado al proceso de regularización extraordinario. Este portal incluye toda la información actualizada sobre el proceso en diferentes formatos, incluido un listado de las preguntas más frecuentes y vídeos informativos. Además, permite hacer una simulación para comprobar si se cumple con los requisitos para acceder a la regularización, pedir cita e iniciar la tramitación de la solicitud de forma telemática.

Cita previa obligatoria

La cita puede solicitarse por tres vías: en la web del ministerio con identificación digital o a través de un formulario y en el teléfono 060. --Con Cl@ve, desde la web del ministerio se puede acceder a la aplicación de cita previa. En esta modalidad se puede seleccionar oficina, día y hora. También se puede pedir a alguien que tenga Cl@ve que solicite la cita introduciendo tus datos.

La segunda forma es a través de un formulario que se encuentra en nuestra web. Por esta vía se asigna la cita más próxima a las preferencias indicadas. La asignación por formulario no es inmediata y la confirmación llega al correo electrónico o por SMS.

La tercera opción es llamando al teléfono 060, donde se ofrece atenciónde lunes a viernes de 09:30 a 14:00 y de 16:30 a 19:30. --El calendario de citas se abre de forma progresiva.

Solicitud telemática

La solicitud se puede presentar también de manera telemática, opción que está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a través de la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y contempla cuatro formas de acceso:

  • Para los propios interesados si disponen de certificado electrónico
  • También podrán hacerlo a través de personas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
  • O con representantes que les ayuden a realizar el trámite como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.
  • Por último, también contarán con las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería, más de 150, cifra que se sigue ampliando cada día.

Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es. Ministerio de la Presidencia, el 21 de abril de 2026.


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