"La Generalidad está integrada por el Parlamento, el Presidente de la Generalidad y el Consejo Ejecutivo."
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"Art. 14º.- La Generalidad está integrada por el Parlamento, el Presidente de la Generalidad y el Consejo Ejecutivo. Las leyes interiores de Cataluña ordenarán el funcionamiento de estos organismos, de acuerdo con el Estatuto y la Constitución."
Estatuto de Autonomía de Cataluña, Gaceta de Madrid, 21 de septiembre de 1932.