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Leyes contras las huelgas en Europa en el siglo XIX


(Tiempo de lectura: 2 - 4 minutos)

Buscando materiales para enriquecer nuestro conocimiento sobre distintos aspectos del movimiento obrero, nos detenemos en lo que decían las leyes sobre la huelga en el siglo XIX en algunos países europeos, teniendo en cuenta que no estaba considerada como un derecho. Empleamos como fuente una parte del largo trabajo por entregas que I. Sastre publicó en distintos números de La Ilustración Republicana Federal en el año 1871. El periódico dedicó en ese sitempo mucha atención a la cuestión social, en plena efervescencia.

Italia

Al parecer, la ley establecía penas de hasta tres meses de prisión y multa de hasta tres mil liras para todo el que “indebidamente” intrigase o trabajase para alterar los salarios, autorizando a los jueces para elevar la prisión hasta medio año. Por eso había, según nuestro autor, pocos paros en Italia, aunque consignaba que hasta fines de diciembre de 1867 se habían producido diez grandes huelgas entre el Piamonte, las Sicilias, Toscana y la Lombardía. A pesar de la dureza de las penas los trabajadores habían hecho valer sus derechos. En Italia estaban reconocidos los derechos de asociación, reunión y petición, pero estaban muy reglamentados, es decir, muy condicionados por la legislación.

Alemania

El trabajador que se declaraba en huelga podía ir a prisión, aunque como máximo un mes. Al patrón que pudiera provocar un paro (imaginamos que el texto se refería a un cierre patronal) se le castigaba con multas cuyo mínimo se fijaba en 500 thalers. No estaban reconocidos los derechos de petición y reunión. Pero la legislación alemana obligaba al obrero a asociarse en relación con el auxilio mutuo. Las sociedades de socorros mutuos, por lo tanto, no sólo estaban toleradas, como en otros lugares, sino que eran obligatorias, un aspecto interesante a tener en cuenta sobre la preocupación existente en Alemania sobre los riesgos de la vida. Eso sí, eran asociaciones tuteladas y dirigidas por miembros de la Administración, seguramente para evitar que se convirtieran en sociedades de resistencia.

En todo caso, en Alemania, hacia finales de 1865 se habían producido veintinueve grandes huelgas.

Austria

Allí se condenaba la huelga también, pero no con penas severas, tanto al trabajador del campo como al de la ciudad. Al parecer, no había habido grandes paros. No se reconocían derechos al obrero.

Inglaterra

No había nada reglamentado en relación con la huelga ni con el “loch-out”. Se reconocía el derecho del obrero para pedir aumento de salario, reducción de horas, etc., pero también del patrón para coaligarse para disminuir el salario, aumentar las horas del taller, etc. El autor afirmaba que en Inglaterra estaban consagrados los derechos del hombre.

Francia

El autor desconocía la realidad del momento, si su código estaba vigente o no, dada la inestabilidad del momento, con las tropas alemanas, la Comuna, etc...

Bélgica

El Código penal belga contaba con tres artículos muy parecidos a los italianos, pero habían sido suprimidos por una ley de 31 de mayo de 1866. Desde ese momento el obrero no tenía ninguna traba para declararse en huelga, además los trabajadores y los patronos tenían que arreglar sus diferencias entre sí, y el Estado se declaraba incompetente en esta materia.

Rusia

No se podía hablar de los que pasaba por el carácter absolutista del Estado, y aún había siervos, aunque, como bien sabemos ya se había producido el ukase de emancipación.

Suiza

Si se exceptuaba el cantón de Zurich, que había reglamentado sobre las huelgas, aunque sin imponer penas ni a patronos ni a obreros, todos los demás estados nada tenían legislado sobre la materia. Al parecer, según nuestro autor, los conflictos laborales se solían zanjar de común acuerdo entre las dos partes.

Podemos acudir a nuestra fuente: La Ilustración Republicana Federal, número 13, de 10 de septiembre de 1871.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 


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