La organización administrativa de Hispania
- Escrito por Eduardo Montagut
- Publicado en Historalia
Augusto de Prima Porta, estatua de César Augusto en el Museo Chiaramonti de la Ciudad del Vaticano. / Wikipedia.
En este artículo se estudia la organización territorial de Hispania y su evolución. Dicha administración se basó en tres instituciones: la provincia, el conventus y la ciudad.
Tras la segunda guerra púnica y la conquista del levante, Roma dividió Hispania en dos provincias: Ulterior al sur, y Citerior, al norte. El límite entre ambas se encontraba al sur de Cartagena, y la frontera occidental se fue modificando en función de la conquista de nuevos territorios.
Augusto realizó una profunda reforma administrativa en relación con las provincias en función de su mayor o menor grado de asimilación a Roma. Las provincias del Imperio se dividirían en dos grupos. Estarían las provincias senatoriales, es decir, las plenamente pacificadas y que no necesitaban una presencia militar constante. Como su nombre indica, eran administradas por el Senado. Por otro lado, estarían las provincias militares, es decir, las de reciente conquista y que precisaban un evidente control militar. Estas provincias quedarían bajo la administración directa del emperador. En vista de esta reforma, se alteró la división administrativa de las provincias de Hispania. Se creó la Tarraconensis, con capital en Tarraco, y que abarcaba una enorme extensión de terreno, desde la zona norte levantina hasta el norte, pasando por gran parte de las submesetas. Era una provincia imperial porque, aunque la zona mediterránea estaba muy romanizada, el resto no y había costado un gran esfuerzo pacificar la parte cantábrica, obligando a una presencia militar constante. Por parecido motivo, la Lusitania, con capital en Emerita Augusta, también era de carácter imperial. Estas dos provincias eran gobernadas por legados imperiales con mando militar. Por fin, la Baetica fue clasificada como senatorial, ya que era la zona peninsular más asimilada. Su capital era Córduba. Al frente de esta provincia habría un pretor, pero sin mando militar.
En el siglo III d.C., Diocleciano volvió a variar el mapa de las provincias romanas de Hispania. Las provincias de la época de Augusto se dividieron. La Tarraconensis fue la que más sufrió los cambios: en su zona noroeste se creó la Gallaecia, y en la sur la Carthaginiensis. Braca sería la capital de la primera y Carthago Nova de la segunda. La Lusitania y la Baetica se mantuvieron como estaban. La Baleárica, que abarcaba el archipiélago de las Baleares, fue creada en el siglo siguiente. En tiempos de Diocleciano todas estas provincias estaban integradas en la diócesis de Hispania, una entidad administrativa superior a la de las provincias, eliminándose la tradicional división entre provincias imperiales y senatoriales.
Las provincias estaban dividas en conventus jurídicos. Los conventus eran, en origen, las reuniones que se convocaban en días y lugares fijos para que el gobernador provincial administrara justicia. Con el tiempo, las reuniones se hicieron permanentes en todo el Imperio y se transformaron en distritos provinciales con el fin de que se impartiera justicia en capitales fijas. La Tarraconensis tenía siete conventos, la Baetica cuatro y, por fin, la Lusitania contaba con tres.
La unidad fundamental de la administración romana era la ciudad, la civitates. Las ciudades estaban formadas por un amplio distrito territorial rural o territorium, con tierras de propiedad privada y otras de aprovechamiento comunal, junto con la parte urbana propiamente dicha o urbs. La parte urbana era el centro económico al albergar el mercado, pero también político por ser la sede de los órganos de gobierno y, por fin religioso con los templos. Una cuarta función, nada baladí en la civilización romana, era la del ocio, porque allí se encontraban los teatros, anfiteatros y termas. El grado de integración y aceptación de la dominación romana tenía que ver con el grado de autonomía. A mayor grado de romanización, más autonomía y privilegios.
El gobierno de las ciudades más romanizadas se basaba en el ordo decurionum, es decir, el consejo, formado por un número variable de personas –decuriones-, en función del tamaño de la ciudad, elegidos entre la aristocracia local con carácter vitalicio. Después, habría magistrados, ciudadanos que se encargaban del gobierno municipal. Destacaban los duoviros o quattuorviros, que eran los magistrados más importantes con funciones ejecutivas. Los ediles se encargaban de tareas de seguridad, abastos y juegos, y los cuestores para las tareas hacendísticas, especialmente el cobro de tributos.
En el año 74, el emperador Vespasiano promulgó el Edicto de Latinidad, por el que todas las ciudades de Hispania pasaron a ser consideradas como municipios latinos.
Eduardo Montagut
Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.
Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.