Los tribunales sudafricanos bloquean el proyecto de Shell, una victoria para la justicia climática
- Escrito por Angela van der Berg
- Publicado en Actualidad
Un grupo vinculado al movimiento Extinction Rebellion se une a otros cientos de personas que participan en una manifestación contra el proyecto de la petrolera holandesa Shell de realizar estudios sísmicos submarinos a lo largo de la costa este de Sudáfrica, en la playa de Muizenberg, en Ciudad del Cabo, el 5 de diciembre de 2021. Casi cinco años después, los opositores al proyecto acaban de conseguir lo que pedían. Rodger Bosch/AFP
Esta decisión podría sentar un precedente en Sudáfrica y en otros países, obligando al Estado a integrar las consecuencias climáticas y ambientales de los grandes proyectos en sus decisiones.
A mediados de agosto de 2026, el Tribunal Constitucional de Sudáfrica, el máximo tribunal del país, emitió un fallo histórico sobre el cambio climático y la justicia ambiental.
La petrolera británica Shell y su socio sudafricano Impact Africa planeaban realizar estudios sísmicos frente a la Costa Salvaje, en el este de Sudáfrica. Estos estudios utilizan potentes ondas sonoras para cartografiar las formaciones rocosas subterráneas. La Costa Salvaje es una zona de gran riqueza ecológica situada en la costa de la provincia del Cabo Oriental. Las comunidades que la han habitado durante miles de años mantienen estrechos lazos culturales y económicos con el océano. El intenso ruido submarino generado por estos estudios ha suscitado preocupación por los posibles daños a las especies y los ecosistemas marinos .
El Tribunal Constitucional dictaminó que el derecho a la exploración debe cancelarse porque el acuerdo del gobierno al respecto está viciado por graves irregularidades, entre ellas la falta de consulta suficiente con las comunidades y el no tener en cuenta las preocupaciones ambientales y climáticas fundamentales.
Esta sentencia judicial significa que las dos compañías ya no pueden reclamar este derecho de exploración para buscar petróleo y gas a lo largo de la Costa Salvaje.
Primer caso sobre el cambio climático presentado ante el Tribunal Constitucional de Sudáfrica
La decisión del tribunal pone fin a una sonada batalla legal que comenzó en 2021. Seis comunidades, ONG y organizaciones de justicia ambiental presentaron una demanda ante un tribunal inferior, alegando que no habían sido consultadas sobre los proyectos de Shell. Desde entonces, el caso ha sido examinado por dos tribunales y finalmente ha llegado al Tribunal Constitucional, la máxima instancia judicial en Sudáfrica.
Este puede considerarse el primer caso sobre el cambio climático presentado ante el Tribunal Constitucional de Sudáfrica, ya que la disputa no se limitaba a los posibles daños a la vida marina: una de las cuestiones clave era si se habían tenido debidamente en cuenta los impactos climáticos de las nuevas exploraciones de petróleo y gas.
Este fallo representa un importante avance en materia de justicia climática. Esta justicia se basa en la idea de que el cambio climático no afecta a todos por igual y que quienes se benefician de actividades perjudiciales para el medio ambiente no son necesariamente quienes asumen los costos.
La decisión refleja una observación realizada por el propio Tribunal: el cambio climático ha pasado de la periferia al "centro de la responsabilidad jurídica".
Las cinco dimensiones clave de la justicia climática
Del enfoque del Tribunal se desprenden cinco dimensiones clave de la justicia climática .
La primera es la de la justicia procesal: ¿quién tiene voz y voto? La segunda se refiere a la justicia del reconocimiento . Plantea la cuestión de qué identidades, historias y relaciones con la naturaleza son relevantes. La tercera es la justicia distributiva: ¿quién se beneficia de los frutos del desarrollo y quién asume sus costos? La cuarta es la justicia intergeneracional. Considera qué significan las decisiones de hoy para las generaciones futuras. Y la quinta es que el fallo abre el camino a la reflexión sobre la justicia para los seres no humanos.
Este fallo sienta un precedente importante para futuros casos y decisiones relacionados con el clima en Sudáfrica. Asimismo, establece un vínculo entre el derecho constitucional sudafricano y un creciente conjunto de normas internacionales sobre el clima centradas en la responsabilidad jurídica, los derechos humanos y la justicia.
El medio ambiente no queda relegado a un segundo plano frente al desarrollo.
El artículo 24 de la Constitución sudafricana garantiza a toda persona el derecho a un medio ambiente que no perjudique su salud ni su bienestar. La Constitución estipula que el medio ambiente debe protegerse para las generaciones presentes y futuras.
El fallo del Tribunal subraya que el gobierno no puede considerar la protección del medio ambiente como una cuestión secundaria en comparación con el desarrollo económico. --En otras palabras, cuando el gobierno decide aprobar o no un proyecto minero, petrolero, vial o de cualquier otro tipo, debe considerar tanto los beneficios del proyecto como el daño potencial que podría causar a las personas y al medio ambiente. Estas decisiones deben ser justas para las generaciones presentes y futuras.
Este es un punto importante en Sudáfrica, que ha sufrido cientos de años de colonialismo y apartheid. Cualquier daño al clima y al medio ambiente no hace sino agravar las profundas desigualdades sociales y económicas ya existentes.
El cambio climático no puede separarse de las cuestiones de raza, clase…
El fallo subraya claramente que el cambio climático no puede separarse de cuestiones de raza, clase, historia, cultura, participación, desarrollo, generaciones futuras y protección ecológica.
Justicia procesal . El Tribunal aclara que la consulta no es una mera formalidad administrativa. La participación pública en las decisiones le confiere dignidad y otorga a los afectados "un lugar en la mesa de negociación". Reconoce a las comunidades afectadas como participantes, y no como obstáculos para el desarrollo.
Justicia del reconocimiento . Esto implica determinar qué identidades, historias y relaciones con la naturaleza son relevantes y deben considerarse en las decisiones gubernamentales. Las preocupaciones de las comunidades se centraron en sus medios de subsistencia, prácticas culturales y espirituales, y sus vínculos con sus ancestros y el medio marino. El Tribunal sitúa estos elementos en el contexto de una larga historia de despojo y marginación de las comunidades costeras.
La justicia distributiva implica preguntarse quién se beneficia de los efectos del desarrollo y quién asume sus costos. El Tribunal cuestiona el argumento de que todos los proyectos de petróleo y gas crean empleos. Se pregunta quién se beneficia de estos empleos y qué costos sociales, ambientales y culturales deben asumir las comunidades afectadas, y afirma en particular: «Una inversión que no beneficia a los más vulnerables y a los más afectados no redunda en el interés público».
Justicia intergeneracional . Implica preguntarse qué significan las decisiones de hoy para las generaciones futuras. El artículo 24 protege el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. El Tribunal Constitucional establece un vínculo entre el desarrollo sostenible y las obligaciones climáticas internacionales, así como los efectos previsibles de las emisiones en las generaciones futuras.
Finalmente, el fallo abre la puerta a la reflexión sobre la justicia para los seres no humanos . Las preocupaciones relativas a la vida marina y aviar, así como el énfasis del Tribunal en los sistemas ecológicos, invitan a una concepción más amplia de la justicia que incluya los ecosistemas y otras especies.
Derecho climático internacional y Sudáfrica
Una de las contribuciones más significativas de esta sentencia radica en su tratamiento del derecho internacional climático. El Tribunal declara:
El cambio climático, por su propia naturaleza, trasciende las fronteras. Sus causas son difusas, sus consecuencias compartidas pero desiguales, y su gobernanza es inherentemente internacional. En pocas palabras, las decisiones tomadas en Sudáfrica pueden tener repercusiones en otros lugares, del mismo modo que Sudáfrica se ve afectada por las emisiones de otros países. Por ello, las responsabilidades del gobierno en materia climática también se rigen por el derecho internacional.
La Corte está examinando las recientes opiniones consultivas sobre el cambio climático emitidas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En conjunto, estas opiniones indican claramente que los gobiernos tienen la obligación legal de prevenir los graves daños ambientales causados por el cambio climático.
En referencia específica a la opinión consultiva de la CIJ sobre el clima de 2025 , la Corte afirmó que el gobierno sudafricano debe prevenir los daños ambientales más significativos, ejercer la debida diligencia y considerar los efectos previsibles de las emisiones en las generaciones presentes y futuras.
Bases legales más sólidas para futuros litigios climáticos.
El Tribunal Constitucional ha enviado un mensaje claro al gobierno sudafricano: las decisiones con importantes repercusiones ambientales no pueden ignorar el cambio climático. Los riesgos ambientales, los derechos constitucionales y los intereses de las comunidades afectadas deben ser parte integral del proceso de toma de decisiones.
El fallo no prohíbe la exploración de combustibles fósiles ni otros proyectos de desarrollo. Sin embargo, sí implica que las empresas de combustibles fósiles deben consultar debidamente con las comunidades que podrían verse afectadas negativamente por la perforación o la exploración. Asimismo, significa que estas empresas deben cumplir con la legislación ambiental antes de invertir en exploración.
Shell e Impact Africa ya habían invertido aproximadamente 1.100 millones de rands (62 millones de dólares estadounidenses) en el proyecto. Sin embargo, el Tribunal dictaminó que los considerables gastos de las empresas no les daban derecho a vulnerar los derechos constitucionales de los ciudadanos ni a exigir que dichos derechos cedieran ante intereses comerciales.
Para futuros litigios relacionados con el clima, este fallo proporciona a las comunidades y otros titulares de derechos una base constitucional más sólida para exigir que el cambio climático, la participación, la cultura, la dignidad y la desigualdad se tomen en serio. Asimismo, establece un vínculo directo entre la Constitución sudafricana y el derecho internacional en rápida evolución sobre las obligaciones climáticas de los Estados.
Artículo publicado en The Conversation.
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