Las bases de trabajo en la albañilería de Valencia en 1929 (Primera Parte)
- Escrito por Eduardo Montagut
- Publicado en Textos Obreros
Después de muchos meses de arduas negociaciones el primero de julio de 1929 se aprobaron en el Comité Paritario correspondiente las bases de trabajo en la albañilería de Valencia. Fieles a nuestro compromiso de ofrecer materiales para el conocimiento de la realidad laboral y salarial de los trabajadores en la Historia, resumimos dichas bases, que terminaron por ser muy detalladas. Al ser muy extensas hemos dividido el artículo en dos partes.
En relación con las condiciones de contratación los empresarios y obreros debían pertenecer a las asociaciones profesionales respectivas, y legalmente constituidas. Quedaban prohibidos los trabajos a destajo o por tarea y los ajustes de segunda mano con los obreros. Los obreros querían con esta condición evitar contrataciones de trabajadores por libre con menos salario.
En el régimen de las obras cuya importancia lo necesitara, a juicio del arquitecto director el empleo de encargado debía ser desempeñado por un aparejador con título oficial. Los trabajadores querían garantías en relación con problemas de seguridad, como interpretamos.
Se establecieron las siguientes categorías del oficio de albañil: oficial de primera, oficial de segunda, peón de albañil y peón bracero.
En las construcciones, por cada cuatro oficiales de segunda era obligatorio para el patrono contar con un oficial de primera. Por su parte, el número de peones albañiles sería igual al número de oficiales.
Los muchachos de quince a veinte años que trabajasen con carácter de aprendices no podrían ser empleados como amasadores de cal o cemento ni para tirar de la talla, excepto en los remiendos.
En materia salarial se establecía la siguiente escala:
-oficial de primera cobraría como salario mínimo 10’50 pesetas por jornada de ocho horas.
-oficial de segunda, 10 pesetas.
-peón de albañil, 8 pts.
-peón bracero, 7’75 pesetas.
-Los aprendices percibirían como salario mínimo cinco pesetas por jornada, también de ocho horas.
-En los trabajos de limpieza y monda de alcantarillas y pozos los trabajadores percibirían salarios dobles.
El pago de los jornales debía realizarse en las obras.
En caso de que un patrono tuviera varias obras, podría señalar una de ellas para efectuar el pago a los obreros, siempre que estuviera en la localidad en que éstos trabajasen.
En caso de viajes debían abonarse los gastos que generasen en el extrarradio. Además, el patrono debía abonar un 50% de aumento en caso de pernoctaciones fuera de su residencia. El derecho a la indemnización por viaje estaba supeditado a que se efectuase el gasto correspondiente. En caso de accidente de trabajo que produjera incapacidad temporal el obrero accidentado percibiría el jornal completo.
(Continuará)
Eduardo Montagut
Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.
Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.