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Administración pública


(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

El concepto de Administración pública se refiere al servicio y gestión por parte del poder de los asuntos públicos. La efectividad de un Estado, como estableció Max Weber, se basa en la idea que éste pueda regirse por un ordenamiento jurídico (Constitución y leyes de distinto rango), y gestionarse a partir de una autoridad burocrática administrativamente organizada y jerarquizada. Así pues, la Administración pública sería la organización de funcionarios que, con unos determinados medios económicos y materiales, aseguraría el cumplimiento de las decisiones políticas, que marcan las instituciones con competencia para hacerlas, como son los Gobiernos y los Parlamentos. En una Administración pública moderna están diferenciados los dos niveles, el político del puramente administrativo. La Administración profesional y bajo principios de jerarquía nació con el Estado moderno, con la Monarquías autoritarias y absolutistas.

La Administración cambiaría con las Revoluciones liberales, y especialmente siguiendo el ejemplo marcado por Napoleón, que puso en marcha una profunda reforma de la Administración en Francia, creando Ministerios, los cuerpos de funcionarios, etc, en una palabra, poniendo las bases de la Administración pública moderna. En España, con salvedades propias derivadas de los regímenes forales, fue estableciendo este modelo a lo largo del siglo XIX, especialmente en la época de Isabel II, aunque la Administración pública española siempre careció de muchos medios para ser eficaz, además de adolecer de cierta falta de profesionalidad derivada del clientelismo político, es decir, de la designación de funcionarios afines al color político del gobernante de turno.

Se distinguen varios niveles en relación con la Administración pública. En primer lugar, estaría la Administración central, compuesta por el conjunto de organismos de competencia general, de todo el Estado. Tradicionalmente, estaría la Administración provincial a través de la Diputaciones provinciales, y, por último, la Administración municipal, que gestionaría y ejecutaría las decisiones que toman los Ayuntamientos.

En España el proceso descentralizador establecido con la restauración de la democracia a través de la organización autonómica creó un nivel administrativo nuevo, entre el central y el municipal. Nos referimos a las Administraciones autonómicas, destinadas a la gestión y servicio de las competencias asignadas en los Estatutos de Autonomía, y que no ejerce la Administración central. La Administración provincial ha desparecido en España en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Debemos recordar que las autonomías en sí no han nacido con nuestra actual democracia, ya que se aprobaron, anteriormente en la Constitución de 1931, aunque con un modelo distinto, y donde primaban más las funciones y competencias del Estado frente a las de las autonomías.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 


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