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El Tribunal de La Haya y el trabajo nocturno en las panaderías


(Tiempo de lectura: 1 - 2 minutos)

El 23 de julio de 1926 el Tribunal Internacional de La Haya publicó un dictamen sobre el trabajo nocturno en las panaderías, un asunto que al movimiento obrero internacional, y al español, preocupó de forma evidente.

En el proyecto de Convención que se adoptó en Conferencia Internacional del Trabajo del año 1925 prohibía el trabajo de noche en las panaderías, aunque no tuvieran ningún obrero. Esta especificación se planteó porque había muchas panaderías que eran familiares y, por lo tanto, no tenían obreros contratados. Si no se adoptaba la prohibición en general estos establecimientos producirían pan y se generaría una ventaja, además de anularse las medidas de protección obrera.

Esta medida adoptada por la OIT generó la repulsa en ciertos medios patronales, que acusaron a la Organización Internacional del Trabajo de atentar contra la libertad individual.

Pero el Tribunal de La Haya consagró en el verano del 26 el clásico principio de que la libertad tenía sus límites y que tenían que ver con la libertad de los demás.

La OIT, en sus objetivos de evitar las injusticias de signo laboral estaba obligada, en ciertos casos, a englobar el trabajo de los patronos, como era el que aquí nos ocupa. De no ser así peligraría, precisamente, el cumplimiento de sus objetivos.

Hemos trabajado con el número 5465 de El Socialista, de 19 de agosto de 1926.

Doctor en Historia. Autor de trabajos de investigación en Historia Moderna y Contemporánea, así como de Memoria Histórica.

Premio Mejor Aliado 2024 de la Asociación Blanco, Negro y Magenta.

 

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