EDICIÓN EN DÍAS LABORABLES:    ESP    |   EUR    |   AME   |   CAT
⮕ APÓYANOS

Historalia

Todos los contenidos de nuestro sitio son propiedad de sus respectivos creadores intelectuales o de EL OBRERO, y por consiguiente cualquier uso de los mismos está sujeto a la aprobación previa de EL OBRERO. El extracto informativo de los contenidos de nuestro sitio está autorizado siempre que se cite la fuente de procedencia. Las opiniones vertidas por los autores y las autoras, así como la información relativa a sus perfiles, serán de su exclusiva competencia y responsabilidad. EL OBRERO no se hace responsable de lo que los autores y autoras escriban.

Los cambios fiscales en la República: la Ley Carner

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

En la Segunda República se planteó una reforma fiscal de la mano del republicano independiente catalán Jaume Carner, que fue nombrado ministro de Hacienda por Azaña en el primer Gobierno constitucional, en diciembre de 1931, responsabilidad en la que estuvo casi dos años, hasta que tuvo que dejarlo por sufrir una enfermedad terminal.

Textos: Las casas burguesas del XIX

(Tiempo de lectura: 1 minuto)

"Se encuentra en todas las casas un gran salón, con dos gabinetes colaterales, que ocupan los dos tercios y algo más de la superficie del edificio, que monopolizan toda la luz y todo el aire y que tienen a su disposición todos los balcones de la fachada principal. Estas habitaciones, que son las que dan tono y las que determinan la categoría del cuarto y valor del inquilino no faltan en ninguna de las casas de la corte. Verdad es que en ellas no se alojan ni el jefe de la familia, ni la mujer, ni los hijos, pero se guardan los muebles más de lujo y las alhajas (...) ¿Qué importa que la señora de la casa dé a luz al primogénito de la familia en la oscuridad de un estrecho catre de hierro, si en la alcoba principal que da vista al gabinete, hay luz de sobra y en el estucado de las paredes se reflejan los dorados de una gran cama, que costó 4.000 reales y cuya colgadura y adornos valen otro tanto dinero?"

A. Flores, Ayer, Hoy y Mañana, 1863

Los precedentes de cambio en el despotismo ilustrado

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

Como estamos señalando, el Antiguo Régimen en materia fiscal se regía por la desigualdad jurídica, es decir por el privilegio de los estamentos privilegiados frente al Tercer Estado, siendo el fiscal uno de los más evidentes. En consecuencia, la Hacienda Real empleaba ante sus enormes gastos, generalmente en la época de los Austrias, generados por su activa política exterior y militar, al predomino de la fiscalidad indirecta.

Textos: Gil Robles ante las elecciones

(Tiempo de lectura: 1 minuto)

"Queremos una patria totalitaria, y me sorprende que se nos invite a que vayamos fuera en busca de novedades, cuando la política unitaria y totalitaria la tenemos en nuestra gloriosa tradición. [...] [La unión de las derechas servirá] para formar el gran frente antimarxista, porque la necesidad del momento es la derrota del socialismo. [...] No queremos el poder conseguido por contubernios y colaboraciones. El poder ha de ser íntegro para nosotros. Para la realización de nuestro ideal no nos detendremos en formas arcaicas. Cuando llegue el momento, el Parlamento se somete o desaparece. La democracia será un medio, pero no un fin. Vamos a liquidar la revolución."

José María Gil Robles, acto en el cine Monumental de Madrid, 15 de octubre de 1933

Capitán Richard F. Burton. Mi rey y mi Dios. I

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

Ahora bien, ¿qué fue de Isabel Arundell, que ya empezaba a envejecer, a hastiarse de los incesantes esfuerzos de sus padres, por desposarla con algún caballero católico e inglés, respetable y entrado en carnes, dotado de una sólida posición financiera, durante los 33 meses en que Burton estuvo ausente? ¡Que extraña había empezado a ser ya su relación! Se dice que Burton le escribió tan solo cuatro cartas, cuatro, durante este periodo, aparte de un poema de seis versos, ya que cuando abandonó la jungla y, hubo regresado a Zanzíbar. Ni un simple mensaje: seis versos de corte genuinamente victoriano:

Averroes, entre la religión y la filosofía

(Tiempo de lectura: 6 - 11 minutos)

Este año se conmemora la figura del destacado filósofo y médico andalusí Averroes por cumplir novecientos años de su nacimiento en la ciudad de Córdoba. Ibn Rushd, como se conoce en lengua árabe, fue además un jurista, un teólogo y un gran sabio librepensador.

Las reformas fiscales de los primeros Borbones

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

Los Borbones heredaron una Hacienda (Austrias) con tres grandes problemas. En primer lugar, las constantes guerras habían sido las causantes de un déficit descomunal. La Corona de Castilla había soportado casi toda la carga fiscal, y dentro de Castilla, el tercer estado, es decir, los miembros de los sectores productivos, que no gozaban de privilegios fiscales como los otros dos estamentos, el nobiliario y el eclesiástico. Por fin, la organización de la Hacienda Real adolecía de un evidente caos organizativo.

Textos: Constitución de 1812

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

"En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad. Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación, de que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía, acompañadas de las oportunas providencias y precauciones, que aseguren de un modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria, la prosperidad y el bien de toda la Nación, decretan la siguiente Constitución política para el buen gobierno y recta administración del Estado. [...]

Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen. [...]

Art. 6. El amor de la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles y, asimismo, el ser justos y benéficos. [...]

Art. 10. El territorio español comprende en la Península con sus posesiones e islas adyacentes: Aragón, Asturias, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Córdoba, Extremadura, Galicia, Granada, Jaén, León, Molina, Murcia, Navarra, Provincias Vascongadas, Sevilla y Valencia, las islas Baleares y las Canarias con las demás posesiones de África. En la América septentrional: Nueva España con la Nueva-Galicia y península de Yucatán, Guatemala, provincias internas de Oriente, provincias internas de Occidente, isla de Cuba con las dos Floridas, la parte española de la isla de Santo Domingo y la isla de

Puerto Rico con las demás adyacentes a éstas y al continente en uno y otro mar. En la América meridional, la Nueva Granada, Venezuela, el Perú, Chile, provincias del Río de la Plata, y todas las islas adyacentes en el mar Pacífico y en el Atlántico. En el Asia, las islas Filipinas, y las que dependen de su gobierno. [...]

Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohibe el ejercicio de cualquiera otra."

Constitución de 1812.

Textos: Franco y el régimen liberal de partidos

(Tiempo de lectura: 1 minuto)

"Hemos de hacernos el traje a nuestra medida, español y castizo, que si el régimen liberal y de partidos puede servir al complejo de otras naciones, para los españoles ha demostrado ser el más demoledor de los sistemas, incompatible con la unidad, la autoridad y la jerarquía."

Franco, 17 de marzo de 1943.

La fiscalidad en el Trienio Liberal

(Tiempo de lectura: 1 - 2 minutos)

En la época del Trienio Liberal se recuperó la idea de la contribución directa. Las Cortes la aprobaron el 29 de junio de 1821, eso sí, con algunos cambios frente a la que se había establecido en las Cortes de Cádiz. El plan fue presentado por José Canga Argüelles, siendo ministro de Hacienda con los moderados. Debemos recordar la importancia en la Historia de la Hacienda española de este político, que fue diputado en Cádiz y ministro de Hacienda también en la Regencia, pero, sobre todo, tanto por su Memoria sobre el estado de la Hacienda Pública de ese mismo año de 1821, como luego por su Diccionario de Hacienda (1826-1827) que publicó en Londres en el exilio, continuado por un Suplemento.

El liberalismo y la fiscalidad

(Tiempo de lectura: 2 - 4 minutos)

La Guerra de la Independencia supuso un momento en el que se pensó en una profunda reforma fiscal basada en la contribución directa, tanto porque el conflicto necesitaba de un considerable aumento de los fondos por los gastos que se generaban, como por el hecho de que no se podía seguir tolerando la injusticia fiscal que suponía que los estamentos privilegiados siguieran sin contribuir. En este sentido, en la Consulta al país de 1809, organizada por la Junta Suprema, se puede detectar que parecía muy generalizada la idea de la reforma en este sentido. Además, en 1810 se publicó un Decreto que declaraba nulos los impuestos vigentes con el fin de crear una única contribución, es decir la “Contribución extraordinaria de guerra”, y en la reforma que se planteó un año después hasta se introdujeron criterios de progresividad. Pero se estaba en guerra y las reformas no eran fáciles de aplicar.

Textos: Robigalia, festividad romana para la protección de las cosechas

(Tiempo de lectura: 3 - 5 minutos)

«Tizón inmundo, respeta las plantas de Ceres, y que su tallo ligero se cimbree en la superficie de la tierra. Deja tú crecer los sembrados, fertilizados por los astros propicios del cielo, hasta que vengan en sazón para las hoces. Tu poder no es liviano: los trigales a los que tú pusiste tu marca, los da por perdidos el colono entristecido. Ni los vientos ni las lluvias dañan tanto el trigo ni tan pajizo se pone, quemado por el pétreo hielo, como cuando el sol calienta los tallos acuosos. Entonces es el momento de tu cólera, dios temible. Abstente, por favor, y aparta tus manos tiñosas de las cosechas y no dañes los cultivos: ya es bastante que tengas poder para dañarlos. No abraces los tiernos trigales, sino el duro hierro: destruye antes lo que puede destruir a otros. Más útil será que asaltes las espadas y las armas que hacen daño; ninguna necesidad hay de ellas; el mundo se halla en paz. Que resplandezcan ahora los almocafres y el duro escardillo y la corva reja, utensilios del campo. Que la dejadez enmohezca las armas, y si alguien intenta desenvainar la espada, note que queda frenada mucho tiempo. Pero a Ceres no la ataques, y que el colono pueda siempre cumplir con tus votos en tu ausencia».

Talleyrand. El Consulado. IV

(Tiempo de lectura: 2 - 3 minutos)

Para Talleyrand, la batalla de Marengo fue una encrucijada azarosa. Indudablemente la victoria constituyó un éxito para una Francia alicaída y confusa. Cuando le dijo a Napoleón que “Marengo decidirá el destino de Europa”, no se trataba de un halago más. Como le dijo a un banquero amigo suyo, la victoria que había puesto a Italia a los pies del general vencedor, le habría dos caminos y, esperaba que el cónsul fuera a elegir “el correcto”. Podía optar por una Europa federal, en la que cada uno de sus príncipes, si era derrotado, siguiera siendo dueño de su reino, a cambio de conceder unas condiciones de paz favorables al vencedor, pero siempre manteniendo su independencia. Pero ¿y si el vencedor optaba por la anexión de sus conquistas? En este último caso, se adentraría por una senda que no tendría fin, en detrimento, en última instancia, de su propio país.


EL TIEMPO

GUÍA TV

CARTELERA

CINE EN CASA

PASATIEMPOS

SORTEOS

Necesitamos tu apoyo económico para hacer
un periodismo fiable y con valores sociales

PERIODISMO DE DATOS

El periodismo independiente necesita el apoyo de sus lectores y lectoras para garantizar que los contenidos incómodos que no quieren que leas, sigan estando a tu alcance. Si compartes estas preocupaciones y si valoras la labor de un medio libre que se atreve a plantearlas, apóyanos ahora.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Por qué es importante tu aportación?

Tu contribución nos permitirá seguir publicando información esencial e independiente que podrás disfrutar de forma gratuita sin muros de ningún tipo.


¿Si tengo algún problema en mi transacción?

Escribe a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.