El juicio del fiscal general y el examen del periodismo y de la UCO
- Escrito por Antonio Campuzano
- Publicado en Opinión
Entre uno y seis meses se establece el promedio de gestación de una sentencia instruida y vista en la sala segunda, de lo penal, según la terminología de adecuación neutra de la costumbre judicial. Según lo cual, entre la sentencia por el asunto por el que se encausó al fiscal general del Estado y el término de lo habitual en el paritorio de decisiones de esta jurisdicción se pueden celebrar aproximadamente tres-cuatro elecciones regionales o autonómicas. Lo que promueve una abundante ecuación con intervención de posibilidades y algoritmos entre sí que producen inquietudes y enumeran preocupaciones en todos los sentidos imaginables. Entre los cuarenta testigos presentados por defensas y acusaciones en el juicio más interesante de los últimos ejercicios, incluido el del procés catalán, que alimentó muchas atenciones de la opinión pública, el de acaso revelación de secreto del fiscal más jerárquico del ministerio público, hay dos estamentos que han brillado sobre todos los demás. O sea, el periodismo y la UCO, unidad de investigación judicial de delitos.
Tanto si finalmente se condena o se absuelve al primer representante de la fiscalía, una de las dos instituciones padecerá el descrédito aparte el seguimiento y recorrido que tendrá para cada sector opinante que haya quedado mermado en sus vaticinios y deseos, es decir, el que haya sido rebasado en su aportación por el veredicto final. Si absolución, el representante de la UCO, teniente coronel Antonio Balas, sería desautorizado gravemente ante el empeño por acusar sin duda en la parte alta de la jerarquía fiscal. Si condena, el periodismo en las personas de los redactores de distintos medios sería abroncado institucionalmente, en especial José Precedo, de eldiario.es, quien habría ofrecido falso testimonio al manifestar con nitidez que sabía “quién era quien había filtrado y no era el fiscal general”, lo que soliviantó al presidente del tribunal. Producidas las declaraciones en vista de los periodistas y los agentes de la guardia civil, con sus nombres y apellidos de filiación completa, bien pudiera pensarse que resultaba innecesaria la aparición pública de sus identidades y sus fisonomías, que deberían ser objeto de análisis e inferencia de la propia instrucción y del propio tribunal.
Como no ha sido así, de la sentencia se podrán derivar perjuicios en la credibilidad de unos u otros, en lo que bien pudiera extraerse y calificarse como el juicio más mediático imaginable, con participación de elementos clave en el juego de contrapesos del sistema político y de representación español, donde los periodistas y los servicios de seguridad e investigación capitalizan responsabilidades de primer orden. El jefe de la OCU, de ser desatendido su testimonio, habría de ser relevado ante una estigmatización de tal naturaleza que comprometería su labor profesional en cualesquiera de sus encargos. En cualquier caso, el sentido del fallo provocaría tanto reconocimiento como castigo en reparto proporcional a profesiones con un alto nivel de exposición que no deberían ser mostradas en la plaza pública, en escaparates tan iluminados como una sala de audiencias. La redacción de la sentencia, que debería recoger con argumentada sensibilidad la presencia en este asunto litigioso de instituciones clave como el periodismo y las unidades de investigación judicial, tiene un cometido de una colosal complejidad al elegir como apoyo del fallo a uno en demérito del otro, o al contrario.
Y en medio del trabajo redaccional y coetáneamente hay una actividad electoral de vértigo, preparatoria de unas elecciones generales con previsión temporal en 2027, lo que añade intensidad y encomio a la resolución. La sentencia de los sucesos en el otoño catalán en 2017, por cierto con cuatro de los jueces de aquel tribunal en el mismo del juicio del fiscal general, tuvo un parto de ocho meses (febrero-octubre de 2019), en medio del cual se convocaron y celebraron elecciones generales en una ocasión y se convocaron unas segundos comicios que se celebraron después del fallo, lo que significó en cierto y evidente modo una influencia en la maduración del voto. Pío Baroja, en sus memorias, “Desde la última vuelta del camino”, define la intuición “como un juicio rápido acompañado por el éxito”. En el presente caso, la intuición no debe convivir mucho tiempo con la justicia, y además la urgencia tampoco debería ser compañera por obligación. Baroja era novelista y médico, disciplinas alejadas de la impartición de la equidad.
Antonio Campuzano
Periodista (Ciencias de la Información, Univ. Complutense de Madrid), colaborador en distintas cabeceras (Diario 16, El País, Época, El Independiente, Diario de Alcalá), miembro del Patronato de la Fundación Diario Madrid.